viernes, 29 de julio de 2016

Hasta 2000€ por vivienda e incluso 5000€ por mejorar su eficiencia energética

Fuente. Certificados Energéticos.

El 18 de Julio de este año, en reunión de Consejo de Ministros, se aprobó un acuerdo por el que se autoriza el establecimiento de convenios entre el Ministerio de Fomento y todas las Comunidades Autónomas, menos País Vasco y Navarra, para fomentar la rehabilitación edificatoria y regeneración y renovación urbana 2013-2016. Este acuerdo seguirá las directrices establecidas en el plan de Vivienda y Suelo, ya aprobado el año pasado. Entre sus programas incluye mejora de la eficiencia energética mediante al rehabilitación edificatoria Esperamos que sea el impulsa definitivo para empezar a notar los beneficios de la rehabilitación energética de edificios. ¿Será suficiente?


Castilla y León y La Rioja ya lo anuncian en sus respectivas páginas web. El Plan de Vivienda de 2013-2016 impulsará el acceso al alquiler de viviendas y a la rehabilitación edificatoria, y será el motor que mueva la actividad económica del sector de la construcción. Pare ello fomentará la mejora de la calidad, la accesibilidad y sobretodo, la eficiencia energética de los hogares españoles, atendiendo a las necesidades de ahorro energético y a la situación económica actual.
El departamento de comunicación de la Junta de Castilla y León anuncia que autoriza el convenio, con el Ministerio de Fomento para el Plan Estatal de vivienda y suelo, el cual dispone de 56,5 millones de euros para invertir en esta Comunidad Autónoma. Más de 37 millones se destinarán a políticas de rehabilitación, regeneración y renovaciones urbana, y el resto se invertirá en programas de ayuda relacionados con el alquiler de vivienda.

Programa de ayudas del plan de vivienda y suelo 2013-16

Los objetivos se centran, por un lado, en el fomento del alquiler para la población con menos recursos, y en dar salida al stock de vivienda vacía; y por otro, en fomentar la rehabilitación de edificios y la regeneración y renovación urbana, mejorando la calidad de la vivienda y su eficiencia energética.
Considera fundamental la eficiencia energética ya que es sinónimo de calidad de vida y ahorro en consumo de energía, basado en el consumo responsable y el alcance de los objetivos europeos para el año 2020.
eficiencia energetica viviendas
Este Plan fue aprobado con el RD 233/2013 de 5 de Abril, donde se recogen los diferentes programas que incluye, entre ellos el fomento de la rehabilitación edificatoria en su programa 4, y el apoyo a la implantación del informe de evaluación del edificio en su programa 6, ambos relacionados con la mejora de la eficiencia energética.
El programa 5 de fomento de la regeneración y renovación urbana, se refiere a actuaciones conjuntas de rehabilitación de edificios y viviendas, de urbanización o re-urbanización de espacios públicos, y cuando proceda, de sustitución de edificios demolidos; mientras que el programa 7 de fomento de las ciudades sostenibles y competitivas, se centra en la financiación de proyectos de mayor escala y trascendencia, como pueden ser mejora de barrios, centros y cascos históricos, Eco-barrios y Zonas turísticas, o bien renovación de áreas funcionalmente obsoletas y degradadas.
Las gestión de ayudas en general para los programas de este plan, se llevan a cabo por dos vías:
1. Subsidiación: ayuda que se descuenta al beneficiario de la cuota del préstamo hipotecario. El Ministerio transfiere el importe de la ayuda a la entidad financiera, y ésta la descuenta después de la cuota del préstamo al beneficiario (programa 1).
2. Subvenciones: destinadas al alquiler y rehabilitación edificatoria, el Ministerio establece convenio con la Comunidad Autónoma, y ésta paga la subvención al beneficiario
gestion ayudas plan estatal 2013-16
Fuente: Plan estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas 2013-16.

Programa de fomento de la rehabilitación edificatoria

Objetivo

Impulsar la rehabilitación de los edificios y sus instalaciones fijas para mejorar su estado de conservación, garantizar la accesibilidad al mismo, y mejorar su eficiencia energética mediante una serie de actuaciones subvencionadas.
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Consistirá en la financiación de la ejecución de obras y trabajos de mantenimiento e intervención en las instalaciones fijas y equipamiento propio, en los elementos y espacios privativos comunes de los edificios de uso residencial plurifamiliar. Dichas actuaciones podrán ser…
1. Para la mejora del estado de conservación, actuaciones debido a:
deficiencias detectadas por el informe de evaluación del edificio (IEE) relacionadas con el estado de conservación de estructura, cimentación e instalaciones.
deficiencias detectadas en el IEE o informe de inspección técnica equivalente (ITE) relacionadas con el estado de conservación de cubiertas, azoteas, fachadas, medianeras u otros elementos comunes, si son BIC, edificios protegidos o catalogados, se encuentran en conjunto histórico-artístico, o bien dichas deficiencias se resuelven junto con medidas para la mejora de la eficiencia energética (calidad y sostenibilidad).
deficiencias detectadas en instalaciones de electricidad, fontanería, gas, saneamiento, recogida y separación de residuos y telecomunicaciones que se adapten a las exigencias normativas actuales.
2. Para la mejora de la eficiencia energética, actuaciones para:
– la mejora de la envolvente térmica y reducción de la demanda de calefacción y refrigeración.
la instalación de sistemas de calefacción, refrigeración y producción de ACS y ventilación para el acondicionamento térmico, o bien para la mejora de la eficiencia energética de los ya existentes.
la instalación de sistemas que utilicen energías renovables como la energía solar, la biomasa o la geotermia.
– la mejora de la eficiencia energética de las instalaciones comunes de ascensores y/o de iluminación.
– la mejora de la recogida y separación de residuos, así como su acondicionamiento.
– para la mejora del aislamiento acústico y de protección frente al ruido, de acuerdo a las exigencias del CTE DB HR.
Se debe contemplar como mínimo alguna de las tres primeras tipologías de actuaciones de mejora de la eficiencia energética, así como conseguir una reducción de la demanda anual global de calefacción y refrigeración del 30% (CEE).
3. Para la mejora de la accesibilidad mediante instalación de ascensores, salvaescaleras, rampas, elementos de apoyo, de aviso e información o dispositivos de comunicación.

Condiciones y Beneficiarios

Los beneficiarios serán propietarios, agrupaciones de comunidades o bien propietarios únicos de edificios de viviendas.
También incluye de manera excepcional, edificios con graves daños estructurales o de otra tipología, así como edificios que estén íntegramente destinados al alquiler en los siguientes 10 años.
Deben ser inmuebles construidos con anterioridad al año 1981, cuya superficie a rehabilitar suponga más del 70% de uso residencial (mínimo de 8 viviendas para mejora de calidad y sostenibilidad, salvo excepciones), respecto de la superficie total del inmueble, y constituya el domicilio habitual de sus propietarios o inquilinos.
Además se deberá contar con el IEE, acuerdo de la comunidad/es de propietarios y proyecto o memoria técnica, que justifique adecuación al CTE, suscrita por técnico competente de actuaciones a realizar. Se valorará el nivel de ingresos de los beneficiarios que no superen 6,5 veces el IPREM, así que existan beneficiarios que tengan más de 65 años o discapacidad, y si se hacen o no obras de conservación.

Ayudas

Mejora del estado de conservación: hasta 4.000 €/vivienda. 2.000 €/ vivienda para actuaciones de conservación, más 1.000 €/vivienda si se mejora simultáneamente calidad y sostenibilidad, más 1.000 €/vivienda si se mejora también la accesibilidad.
Mejora de la eficiencia energética: hasta 2.000 €/vivienda. Si se reduce la demanda energética del edificio, incluso hasta 5.000 €/vivienda.
Mejora de la accesibilidad: hasta 4.000 €/vivienda.
cuantia subvenciones ayudas
La cuantía de las ayudas concedidas no podrá superar el 35% del coste del presupuesto, con un tope de 11.000 € por vivienda, y por cada 100 m² de local (10% más en BIC). Sólo en el caso de mejora de la accesibilidad se podrá alcanzar el 50% en esta partida, en la concesión de ayudas.

Programa de ayudas a la implantación del informe de evaluación de los edificios (IEE)

 Objetivo

La ley 8/2013 de 26 de Junio, regula este informe que evalúa el estado de conservación, la accesibilidad y la eficiencia energética en los edificios. El objetivo de este programa es la implantación y generalización del informe de evaluación del edificio IEE, que analiza el estado de conservación, la accesibilidad y la eficiencia energética del mismo.

Condiciones y Beneficiarios

Los beneficiarios serán propietarios únicos, agrupaciones de comunidades o bien comunidades de vecinos de edificios de carácter predominantemente residencial, que encarguen el IEE antes de que termine 2016.

Ayuda

Se trata de una subvención que cubre parte del coste de los honorarios del técnico redactor que lo emite:
20 €/vivienda, con un límite del 50% del coste del IEE o de 500 €.

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